De manera libre, expresa y voluntaria manifiesto la adhesión y aceptación de las políticas generales de IMPULSA CORP SAS / CREDITRANSITO con relación al Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y al Programa de Transparencia y Ética Empresarial. Con fundamento en lo anterior, declaro que:

  1. No se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo con Clientes, Partes, Proveedores o Empleados cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la legalidad de las operaciones o licitud de los recursos de estos, o que por sus particularidades pueden suscitar un riesgo para la empresa, según se determine en el desarrollo de los procedimientos de Debida Diligencia.
  2. Los ingresos y bienes poseídos y/o administrados no provienen de ninguna actividad ilícita contemplada en el Código Penal Colombiano. En consecuencia, declaro que los ingresos o bienes están ligados al desarrollo normal de actividades lícitas propias de la actividad económica u objeto social que se realiza.
  3. La información suministrada es veraz y me obligo a actualizarla conforme a los plazos y procedimientos que para tal efecto establezca IMPULSA CORP SAS / CREDITRANSITO.
  4. Autorizo a IMPULSA CORP SAS / CREDITRANSITO a verificar mis antecedentes en las listas vinculantes para Colombia y en aquellas otras listas o bases de datos públicas o privadas donde se relacionen personas vinculadas a actividades relacionadas con el lavado de activos, financiación al terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, corrupción o soborno transnacional.
  5. En ningún momento he ofrecido a IMPULSA CORP SAS / CREDITRANSITO o a sus colaboradores, ni me ha sido solicitado la entrega de dádivas o regalos para la obtención de un contrato o ventaja comercial.
  6. No se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo con Clientes, Partes, Proveedores o Empleados incluidas en Listas de Partes Denegadas o Listas Restrictivas internacionales o nacionales cuando no tengan una clara explicación de tal situación y/o su vinculación:
    • Con la empresa o que representa un riesgo.
    • Con Clientes, Partes o Proveedores cuando alguna de las siguientes personas relacionadas:
      • Representantes legales.
      • Miembros de Junta Directiva o Consejo Directivo (cuando exista).
      • Accionistas, socios o asociados que tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o beneficiarios finales de estos.
  7. No se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo con Clientes, Partes, Proveedores o Empleados que tengan o hayan tenido en los últimos diez (10) años investigaciones o procesos penales por delitos de lavado de activos, financiación del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva ni por delitos conexos tales como omisión de reportes sobre transacciones en efectivo, receptación, testaferrato, enriquecimiento ilícito de particulares, omisión de denuncia y favorecimiento, entre otros. De igual manera, incluye cualquier tipo de condena por estos delitos.
  8. No se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo con Clientes, Partes o Proveedores ubicadas en países con alto riesgo en materia de FPADM o con grupos terroristas incorporados allí, tales como Iraq y Palestina, según determine el GAFI. El Oficial de Cumplimiento de manera permanente monitoreará las actividades y actualizará de forma anual la lista de países considerados de alto riesgo FPADM.
  9. No se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo con Clientes, Partes o Proveedores ubicados en zonas o países consideradas como de alto riesgo en materia de LAFT, tales como Arauca, Florencia (Caquetá), Meta o Guaviare según determine el Gobierno Nacional de Colombia, salvo que supere un proceso de Debida Diligencia Intensificada. El Oficial de Cumplimiento de manera permanente monitoreará las actividades y actualizará de forma anual la lista de zonas y países considerados de alto riesgo LAFT.
  10. En caso tal que, durante el desarrollo de la relación con Clientes, Partes, Proveedores o Empleados se presente de forma sobreviniente cualquiera de las situaciones descritas de riesgo, la Compañía dará terminación inmediata a la relación contractual con este, salvo determinación expresa en contrario por parte de la Asamblea General de Accionistas, previo concepto del Oficial de Cumplimiento.
  11. IMPULSA CORP SAS / CREDITRANSITO podrá dar por terminada la relación contractual por el incumplimiento a los numerales anteriores o al tener dudas razonables respecto al origen de los fondos, sobre las operaciones o por la inclusión en listas vinculantes para Colombia de la contraparte, sin estar obligado a indemnizar algún tipo de perjuicio a la otra parte.